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Santa Fe

Comienza a regir desde este lunes la ley de la receta electrónica en todo el país

Este lunes entra en vigencia la receta digital. El Gobierno comunicó los alcances de esta modificación en el sistema de prestaciones sanitarias.

Los cambios con la ley de la receta electrónica

Desde hoy rige la nueva reglamentación de la ley nacional de Receta Electrónica, dispuesta a través del decreto 345/2024, a partir de la cual las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud que fueron realizadas tradicionalmente en papel comenzarán a efectuarse a través de plataformas digitales. 

Según fuentes oficiales, la iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.

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En el marco de estrategias para la implementación de las recetas electrónicas, el ministerio de Salud de la Nación comenzará esta semana un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.

Como soporte de comunicación y de acceso a la información, se desarrolló, además, una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio, que cuenta con información detallada sobre la implementación de receta electrónica, con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud.

En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.

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También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico [email protected].

Según indicaron en un comunicado oficial, la receta digital significa un avance tecnológico y tiene el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, a través de la eficiencia y la seguridad, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos.

En la misma dirección, contempla la integración y estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes.

Asimismo, la medida se inscribe en las acciones dispuestas por el gobierno nacional para aumentar la competitividad del mercado, lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos.

La venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (director técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que este disponga a su conveniencia.

Es responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto.

Las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años.

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