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El Gobierno ya no regula las tarifas de Internet, cable y telefonía celular: las empresas podrán fijar aumentos sin tope

La medida adoptada por el ENACOM es de aplicación inmediata. De esta forma, las empresas de telecomunicaciones tendrán libertad para establecer aumentos sin tope.

Nuevo golpe al bolsillo: las empresas de telecomunicaciones podrán aumentar tarifas sin control

A través de la Resolución 13/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM) eliminó las regulaciones que limitaban los aumentos en las tarifas de internet, celulares y cable.

La normativa deja sin efecto una serie de reglamentaciones que establecían topes a las subas de los servicios de telecomunicaciones, entre ellas, impedir incrementos superiores al 10% mensual. De esta forma, las empresas tendrán vía libre para establecer sus propias actualizaciones en sus valores.

La resolución del organismo intervenido a principios de año entró en vigencia desde su publicación, por lo que el impacto en las tarifas del cable, celulares e internet ya podría verse reflejado desde julio.

Leer más: Un decreto de Milei liberó el mercado de telefonía, Internet y TV y los precios dejarán de ser regulados

La medida se ampara en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 302 del 9 de abril de 2024, que derogó el DNU N° 690/2020, junto con el Artículo 15 de la Ley N° 27.078 y modificatorias, e incluyó cambios en sus artículos 48 y 54.

A partir de la modificación, el artículo 48 establece que “los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación“.

Además, el texto oficial recordó que en los considerandos del DNU 302/2024 se expuso que “…los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente“.

El texto también menciona que “el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados“.

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